La suspensión que se extienda más allá del plazo de noventa (90) días, dentro del indicado período de los doce (12) meses, viene a ser ilegal. Sin embargo, si la causa de dicha suspensión no ha cesado luego del plazo señalado, la empresa está en la obligación de terminar el contrato de trabajo. Esto implica la adquisición de una responsabilidad económica para con estos empleados.
El Código de Trabajo, establece el compromiso de un empleador de pagar una “asistencia económica”, cuando el contrato de trabajo termina por los siguientes casos:
- Quiebra de la empresa, siempre que cese totalmente la explotación del negocio.
- Cierre o reducción definitiva de su personal, resultantes de falta de elementos para continuar la explotación, incosteabilidad de la misma u otra causa análoga.
La asistencia económica es la indemnización que se debe pagar a los trabajadores al momento de la terminación del contrato por alguna de las causas previstas en el Art. 82 del Código de Trabajo, incluyendo las tres mencionadas. En este caso, la asistencia económica es una sustitución de las “prestaciones laborales”.
Monto que debe ser pagado por concepto de responsabilidad económica
El monto a pagar está determinado por el Art. 82 del Código Laboral Dominicano, que estipula lo siguiente:
Se establece una asistencia económica de cinco días de salario ordinario después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis; de diez días de salario ordinario después de un trabajo continuo no menor de seis meses ni mayor de un año; y de quince días de trabajo ordinario por cada año de servicio prestado después de un año de trabajo continuo, cuando el contrato de trabajo termina por: […] cierre, quiebre o reducción del personal.
Es decir, de acuerdo con lo establecido en este artículo, los empleados recibirán un salario de 15 días de servicio por cada año trabajado. Un salario de 10 días por un período de servicio de 6 meses a un año; y un salario de 5 días por un tiempo de servicio de 3 a 6 meses.
En nuestra firma de abogados Suazo Rivas & Asociados, nos especializamos en Derecho Laboral, por lo cual podemos asistirle con cualquier duda o consulta que requiera en la materia.
Imágenes proporcionadas por: gpointstudio – Freepik.com, pressfoto – Freepick.com.