Brindar un plan de salud es uno de los principales beneficios que las empresas deben garantizar a sus empleados. Esto para asegurar, no solo la protección de los trabajadores, sino también de sus respectivos dependientes.
Esta práctica empresarial se lleva a cabo a través de diferentes aseguradoras del país, destacándose entre ellas: ARS SENASA, que es pública y descentralizada; y otras de carácter privado, como: ARS Universal, Humano, MAPFRE Salud, Futuro, etc.
El seguro de salud es un acuerdo entre el trabajador y una de las aseguradoras, por lo que, tanto la empresa como el colaborador pagarán cuotas de afiliación al plan de salud. En este sentido, el empleador deberá registrar a cada trabajador en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para que coticen.
De acuerdo con la Ley N° 87-01, los empleadores contribuirán al financiamiento del régimen contributivo. Esto incluye los seguros de vejez, discapacidad y sobrevivencia y, al seguro familiar de salud. Siendo que el trabajador sera responsable por el del 30%, y el empleador por el otro 70%.
En determinadas circunstancias del plan de salud, el afiliado (empleado) y la empresa deben aportar conjuntamente el 10.13% de su salario. En este sentido, se descontará el 3.04% al afiliado y el 7.09% al empleador.
¿Qué incluye el plan básico de salud que ofrezco a mis empleados?
El plan básico de salud que, por lo general, se extiende a los empleados, incluye lo siguiente:
- Prevención de enfermedades y promoción de la salud
- Atención ambulatoria
- Hospitalización
- Cirugías
- Emergencias
- Diagnósticos
- Servicios odontológicos
- Casos catastróficos
- Cobertura en medicamentos y rehabilitación, a través de los Centros de Atención Primaria (CAP).
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