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Senado aprueba en segunda lectura Ley de Extinción de Dominio

Senado aprueba en segunda lectura Ley de Extinción de Dominio

Luego de un acalorado debate, con opiniones de todos los bloques partidistas, el Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de Ley de Extinción de Dominio.

El tema pasará ahora a la Cámara de Diputados para ser conocido y no se espera que sea enviado a una comisión porque está siendo estudiado por una comisión bicameral.

Los senadores debatieron el contenido del proyecto de ley antes de ratificarlo, propusieron diversas modificaciones, pero solo aprobaron una.

El debate comenzó con la postura del vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Yvan Lorenzo, quien aclaró que solo votarían por la pieza si se declaraba orgánica.

La Fuerza del Pueblo, a través del senador Bautista Rojas Gómez, también señaló que no apoyará el proyecto porque consideró que la mista está llena de errores.

Por otro lado, los legisladores del Partido Revolucionario Moderno (PRM) están casi en su totalidad a favor. La votación terminó con 20 votos a favor y 8 en contra, incluido Iván Silva, el senador oficialista de La Romana.

El proyecto fue debatido en una comisión bicameral, que a su vez fue presionada por el Presidente de la República, Luis Abinader, con el objetivo principal de regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos y establecer el procedimiento que permita hacer dicho instituto efectivo.

Destino y distribución de bienes

Un aspecto que limita el proyecto de ley es lo referente al destino de los bienes ilícitos incautados luego de una sentencia definitiva sobre el juicio de extinción de dominio.

En ese sentido, establece que resuelto los relativo a derechos preferentes, descontados los gastos de administración o el saldo de deudas, así como incinerados o destruidos aquellos bienes perjudiciales a la sociedad, se procederá la distribución de lo restante a favor del Estado Dominicano “de conformidad con la ley de régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio”.

Sin embargo, la ley aún no ha sido aprobada, disponiéndose así que los bienes quedan indisponibles bajo el control y responsabilidad del Ministerio de Hacienda.

Según el artículo final del proyecto, la ley entrará en vigor doce meses después de su publicación para propiciar la habilitación presupuestaria.

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Fuente informativa e imagen: Periódico Listin Diario.

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