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Firmas digitales en la Rep. Dom.

No cabe duda de que las firmas digitales están sumando aceptación en el país como a escala global, y es que cada vez se está aventurando más a las tecnologías que nos posibiliten sustentar indicadores que garanticen la seguridad de las firmas en el espacio digital.

El uso de firmas digitales garantiza los tres elementos básicos y esenciales de la comunicación electrónica: confidencialidad, integridad y autenticación; por esto apostamos a ella, viendo que cada día son más los casos de uso y escenarios donde puede optimizar el tiempo y recursos.

¿Qué es la firma electrónica?

La firma digital es un tipo de firma electrónica, que cumple con regulaciones estrictas y proporciona un alto nivel de seguridad para la identidad del firmante. Estas firmas utilizan ID digitales basados en certificados para verificar la identidad de quien firma.

A diferencia de las firmas tradicionales, las firmas digitales no son nombres, sino que se componen de dos claves secuenciales de caracteres independientes; siendo su objetivo demostrar al receptor del mensaje que:

  • El emisor del mensaje es real.
  • Éste no puede negar que envió el mensaje.
  • El mensaje no ha sido alterado desde su envío.

Las firmas digitales son, por naturaleza, legales; pero su propósito no es probar la voluntad del firmante como las firmas electrónicas, sino cifrar los datos de los documentos para mejorar la seguridad.

Marco legal en República Dominicana

Leyes

Ley No.126-02 Sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, de fecha 29 de septiembre de 2002.

Resoluciones

Resolución 060-2020.- Que actualiza los conceptos, valores de los costos, derechos y multas aplicables a los sujetos regulados por la ley no. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Resolución 010-04.- Mediante la cual se aprueban las normas complementarias a la Ley 126-02, incluye: especificaciones tecnológicas aplicables a los certificados, políticas y procedimientos de certificación, autorización y acreditación; además de criterios de seguridad y auditoría.

La Resolución 025-11. Que aprueba las firmas digitales en los procedimientos aduaneros.

Resolución 041-13.- Sobre el uso de mensajes de datos, documentos y firmas digitales en los medios de pagos electrónicos.

Resolución 024-18.- Aprueba la solicitud de la Oficina Presidencial de Tecnologías de Información y Comunicación (OPTIC) para operar como entidad de certificación.

Decretos

Decreto No. 335-03, que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 126-02 Sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Beneficios para los usuarios

El uso creciente de firmas digitales en lugar de firmas convencionales ayudará a incrementar el clima de confianza y seguridad, necesaria para el desarrollo de las actividades comerciales en nuestro país. Algunos de sus beneficios son:

BENEFICIOSPERSONAS FISICASEMPRESAS
Eficiencia y Productividad Disminuye los tiempos de espera y respuesta.
Puede utilizarse sin presencia física.
Representa una optimización del tiempo y los recursos.
Reducción de costos Firmar en cualquier momento en cualquier lugar.
Menos tiempo en la gestión de documentos.
Reduce los costos relacionados a la impresión de archivos.


Garantía
Seguridad de la información.
Detección de cambios en el documento después de firmado.
Menor riesgo de fraudes.
Ofrece mayor cobertura legal.
Se crea por medios que están bajo el control de quien firma.
Detección de cambios en el documento después de firmado.
Impacto en la imagen empresarialExperiencia mejorada, proceso simplificado y tiempo de respuesta más corto. Mejora la reputación de las empresas de forma positiva facilitando los
procesos internos.

Entonces, podemos concluir que las firmas digitales proporcionan una forma de firmar documentos digitales y con valor similar a lo que logramos al firmar documentos físico.

¿Quiénes están autorizados a emitir firma electrónica?

Son varias las entidades que ofrecen uno o varios servicios cualificados y que están autorizados y validados por el INDOTEL para la emisión, certificación y registro de firmas digitales.

Entidades de emisión y gestión de los certificados digitales

Unidades de registro y validación de identidad

Firmas electrónicas a Teletrabajadores

En mira a los indicadores anteriormente expuestos, el Ministerio de Trabajo y la Cámara de Comercio (CCPSD), firmaron un acuerdo de colaboración interinstitucional con el fin de dotar de firmas digitales calificadas a los trabajadores que se encuentran laborando bajo la modalidad del teletrabajo.

Con esto las entidades buscan promover la eficacia en el registro de los contratos y adendas; así como la reducción de obstáculos para aquellas personas que quieran presentar los mismos ante la institución gubernamental de manera digital. 

Continua leyendo acerca de este acuerdo haciendo click aquí.

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