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Cómo reducir el pago de prestaciones laborales

Prestaciones laborales

Para nadie es un secreto que existe un mundo antes y después de El covid-19. Está pandemia no solo afecto nuestra salud física y emocional, también, ha afectado nuestra economía.

El 6 de abril del presente año, una publicación realizada por el periódico comunicó que se habían suspendido a más de 655,000.00 trabajadores, cerca de un 28% de los empleados formales de la República Dominicana. Ahora, en momentos de re-apertura comercial, muchos dueños de empresas se preguntan si podrán pagar las próximas nóminas, ya que sus ventas han disminuido en un 50% o más de sus valores normales; otros, ya han tomado la dura decisión de disminuir su personal laboral; pero esta reducción conlleva desahuciar a sus empleados, y esto representa un costo para las empresas. Cómo reducir el pago de prestaciones laborales, dentro del marco de lo legal, para que la empresa sobreviva estos tiempos post Covid-19.

Nuestro Código de Trabajo establece que el empleador que ejerza el desahucio debe pagar al trabajador un auxilio de cesantía, esto queda establecido en el artículo 80; no obstante, el artículo 82 disminuye la cantidad de días a pagar por el auxilio en casos especiales.

Casos especiales:

1. Por la muerte del empleador o su incapacidad física o mental, siempre que estos hechos produzcan como consecuencia la terminación del negocio.

2. Por la muerte del trabajador o su incapacidad física o mental o inhabilidad para el desempeño de los servicios que se obligó a prestar.  

3. Por enfermedad del trabajador o ausencia cumpliendo las obligaciones a que se refiere el ordinal 3o. del artículo 51 u otra causa justificada que le haya impedido concurrir a sus labores por un período total de un año, desde el día de su primera inasistencia.

4. Por agotamiento de la materia prima objeto de una industria extractiva.

5. Por quiebra de la empresa, siempre que cese totalmente la explotación del negocio o por su cierre o reducción definitiva de su personal, resultantes de falta de elementos para continuar la explotación incosteabilidad de la misma u otra causa análoga, con la aprobación del Departamento de Trabajo, en la forma establecida en el artículo 56.”

Cómo reducir el pago de prestaciones laborales

Es en este último numeral que nos basaremos para solicitar al Ministerio de Trabajo, mediante comunicación escrita y motivada, acogernos a esta excepción de la norma y reducir el monto a pagar; respondiendo a la pregunta inicial de cómo reducir el pago de prestaciones. Obtendremos, de parte del ministerio de trabajo, una resolución aprobando o rechazando nuestro petitorio, explicando la razón que dieron origen a dicha respuesta. Aunque el Código de Trabajo no establece el tiempo de respuesta, en tiempo normales se toma entre 20 a 30 días en recibir la resolución.

Una vez emitida la resolución, se procede a notificar el desahucio al empleado adjuntando una copia de la resolución que nos autoriza a realiza el cambio en el cálculo de los días.   

A continuación, una gráfica comparando la reducción de los días de salario ordinarios a pagar.

DESPUÉS DE UN TRABAJO CONTINUO DEART. 80ART. 82
– No menor de 3 meses ni mayor a 6 meses06 días05 días
– No menor de 6 meses ni mayor a 1 año13 días10 días
– No menor de 1 año ni mayor de 5 años21 días15 días
– No menor de 5 años23 días15 días

Parecería insignificante la reducción de 1 a 8 días de salario ordinarios, sin embargo, para una empresa carente de liquidez y con la necesidad de reducir su fuerza laboral en 25% o 50%, cada centavo cuenta.

Otra forma de cómo reducir el pago de prestaciones laborales

Existe otra forma para reducir el pago de prestaciones, y es acogiéndose a la ley 141-15 de Reestructuración y Liquidación de empresas y Personas Físicas Comerciantes; pero esta conlleva a un procedimiento mucho más extenso, ya que la solicitud de reestructuración debe ser sometida ante un Tribunal, y agotar ciertas formalidades de forma y fondo previsto por dicha ley.

Si conoces de otras formas, dentro del marco de las leyes de la República Dominicana, donde podamos reducir el pago de prestaciones laborales escribenos un comentario.

De igual forma si necesitas ayuda para solicitar una reducción, en el pago de prestaciones laborales, contáctenos vía WhatsApp, teléfono, correo o por un mensaje en nuestra área de contacto.

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